Ayudas para después del paro: estas son tus posibilidades

¿Has dejado de cobrar el paro y no tienes empleo? ¿Te preocupa que tu principal fuente de ingresos pueda dificultar tu subsistencia? Aún tienes una opción si no logras encontrar trabajo: las ayudas para después del paro.

Es fácil perderse entre las ayudas que ofertan las distintas administraciones y sus requisitos, así que tratamos de arrojar luz sobre las posibilidades.

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➡️Ayudas después del paro: ¿cuál puedes solicitar?

Ayudas después del paro: ¿Cuál puedes solicitar?

Para saber qué ayudas hay después del paro, es útil conocer su clasificación. Las vemos, pero antes de continuar debes tener en cuenta dos parámetros que irán apareciendo de forma recurrente:

  • Salario Mínimo Interprofesional (SMI). En 2021 permanece igual que en 2020, de manera que se queda en 950 euros al mes. Así pues, el 75% del SMI son 712,5 euros, como ejemplo de indicador habitual en las prestaciones del SEPE.
  • Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). El valor mensual actual es de 564,90 euros, y el anual de 6778,80 euros.

Además, recuerda que las ayudas que te comentamos se deben solicitar a través de SEPE: en la sede electrónica, en la oficina de prestaciones más cercana (con cita previa), en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

Renta de inserción activa (RAI)

Si estás en paro y no tienes derecho a otra prestación contributiva ni al subsidio por desempleo, puedes solicitar la Renta Activa de Inserción, acortada con las siglas RAI.

Entre los requisitos generales que podemos destacar, tendrás que ser menor de 65 años, no tener ingresos mensuales superiores al 75% del SMI y no haber cobrado la RAI en los últimos 365 días anteriores a la solicitud, salvo las excepciones de ser víctima de violencia de género, de violencia doméstica o tener discapacidad.

Solo se puede cobrar cobrar RAI tres veces en total. Su duración es de 11 meses y se cobra el 80% del IPREM, es decir, 451,92 euros. Es compatible con otras ayudas como la de víctimas de la violencia de género, que consiste en ayuda extra de tres mensualidades de RAI.

En caso de encontrar trabajo o iniciar un negocio, la RAI se interrumpe, aunque tendrás una ayuda equivalente al 25% de la cuantía durante un máximo de 180 días. Eso no reducirá la cuantía pendiente, que se percibirá después en la misma proporción.

Al margen de los requisitos generales, ¿a qué perfiles específicos se dirige RAI y qué deben cumplir? Lo repasamos:

  • Personas desempleadas de larga duración. Deben tener más de 45 años, y acreditar en la oficina correspondiente servicio público de empleo autonómico que han realizado, al menos, tres acciones de búsqueda activa de empleo.
  • Personas con discapacidad. Se entiende que debe ser igual o superior a un 33%, e igualmente deben acreditar la búsqueda activa de empleo.
  • Víctimas de violencia de género o de violencia doméstica. Es una condición que debe estar acreditada por la Administración competente, y no se considerarán a las personas que convivan con la persona agresora.
  • Personas emigrantes retornadas. Se trata de personas que han regresado después de vivir en el extranjero, pero deben tener más de 45 años.

En el caso de personas de más 45 años y de discapacitados, la RAI será incompatible con las prestaciones o subsidios de renta agraria.

Subsidio de desempleo

Es una ayuda dirigida a personas que han agotado la prestación contributiva y tienen responsabilidades familiares.

Se entiende por responsabilidades familiares tener a cargo al cónyuge o algún/a hijo/a menor de 26 años o mayor de esa edad con discapacidad (cuentan también los menores en acogida).

Ese es el requisito fundamental, pero hay otros como tener ingresos inferiores al 75% del SMI en rentas de cualquier naturaleza, así como suscribir el compromiso de actividad. Se trata de la responsabilidad de buscar activamente empleo y de aceptar una colocación adecuada.

La cuantía mensual asciende al 80% del IPREM, y la duración depende de las circunstancias:

  • Menores de 45 años que han agotado prestación de, al menos, cuatro meses: hasta 18 meses de subsidio.
  • Menores de 45 años que han agotado prestación de, al menos, seis meses: hasta 24 meses.
  • Mayores de 45 años que han agotado prestación de, al menos, cuatro meses: hasta 24 meses.
  • Mayores de 45 años que han agotado prestación de, al menos, seis meses: hasta 30 meses.

Paro para personas con más de 45 años

Es un subsidio dirigido a personas con más de 45 años que han agotado la prestación contributiva y, al contrario que en el caso anterior, no tienen responsabilidades familiares.

¿Cuáles son entonces sus requisitos? Los habituales: además de tener más de 45 años. Destacamos el no tener rentas de cualquier naturaleza que excedan el 75% del salario mínimo interprofesional.

En cuanto a la cuantía, hablamos del 80% del IPREM. Se percibe durante seis meses, aunque en el caso de las personas fijas discontinuas será el tiempo equivalente al número de meses cotizados por desempleo en el año en que se produce la solicitud.

Paro para personas con más de 52 años

Si tienes más de 52 años y has agotado la prestación y los subsidios, puedes solicitar esta ayuda. La condición de trabajador/a en régimen fijo discontinuo es incompatible con esta ayuda. A eso suma no tener rentas que superen el 75% del IPREM.

La ayuda se prolongará el tiempo necesario hasta que la persona alcance la edad ordinaria para acceder a la pensión contributiva de jubilación. Y su cuantía se corresponde también con el 80% del IPREM, es decir, 451,92 euros.

Subsidio extraordinario por desempleo

Para acceder a esta ayuda, necesitarás acreditar que has realizado acciones de búsqueda activa de empleo. Tus ingresos tampoco podrán superar el 75% del SMI, y en el último trabajo habrás tenido que cesar de manera involuntaria (es algo común a otras ayudas).

Además, debes ser desempleado/a de larga duración y haber agotado las prestaciones por desempleo, las del plan PREPARA o RAI. Para acreditar que eres parado de larga duración, debes figurar en los registros como demandante de empleo durante al menos 360 días en los 18 meses anteriores a la fecha en la que realizas la solicitud.

Si cumples todos los requisitos y te conceden la ayuda, podrás beneficiarte de ella por un máximo de 180 días, y solo podrás percibirla una vez en la vida. El importe total se corresponde con el 80% del IPREM.

Vistas las posibilidades, analizamos a cuáles te puedes acoger según tu contexto particular a continuación.

➡️Ayudas después del paro sin cargas familiares

En tu caso, estas son las ayudas a las que te podrías acoger:

  • Renta de Inserción Activa.
  • Subsidio dirigido a personas trabajadoras de más de 45 años que han agotado la prestación y tienen más de 45 años sin cargas familiares.
  • Subsidio para personas con más de 52 años.
  • Subsidio extraordinario por desempleo.

Ayudas después del paro para jóvenes

Si eres una persona con discapacidad, has sido víctima de violencia de género o violencia doméstica, o has estado viviendo en otro país y quieres volver, podrías cobrar la Renta Activa de Inserción.

Está pensada para situaciones específicas de carencia de rentas y dificultad de acceso al mercado laboral.

También podrías beneficiarte del subsidio extraordinario por desempleo, pero recuerda que para eso habrás tenido que agotar la prestación contributiva, las de programas como PREPARA y RAI.

Además, tendrás que demostrar tu condición de parado/a de larga duración, por lo que también has tenido que ir renovando tu demanda de empleo.

Si vives en Andalucía, lee hasta el final porque te hablamos de una ayuda a la que posiblemente sí puedas acceder.

➡️Ayudas después del paro con cargas familiares

Una ayuda diseñada especialmente para estos casos es el subsidio por desempleo para personas con cargas familiares. Como hemos visto, no pueden superar el 75% del SMI en ingresos, y lo que cobrarán será el 80% del IPREM.

En total, 451,92 euros que podrá recibir durante un máximo de 30 meses.

Ayudas después del paro para mayores de 45 años

Puedes acogerte a subsidios que variarán dependiendo de si tienes cargas familiares o no, como te hemos comentado. También podrías beneficiarte de la Renta Activa de Inserción.

Ayudas después del paro para mayores de 55 años

Si tienes 55 años y has agotado la prestación y el subsidio, cumples dos de los grandes requisitos para acceder a la ayuda especial para personas mayores de 52 años. Hay otras ayudas que podrías solicitar si no te la conceden, dependiendo de si tienes cargas o familiares.

Pero, en principio, la ayuda a mayores de 52 años parece la más adecuada para ti.

➡️Otras ayudas

Las que acabamos de repasar son ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE. Habría que sumar otras ayudas no gestionadas por SEPE como el Ingreso Mínimo Vital, así como las ofrecidas por las comunidades autónomas. Repasamos algunas por comunidades que quizás puedan interesarte.

Rentas Mínimas de Inserción

Son gestionadas por las comunidades autónomas y ya te hablamos de ellas en otro post. En cada una recibe un nombre, pero en esencia es lo mismo: se trata de una ayuda autonómica cuyos requisitos son estar desempleado y no tener acceso a otras ayudas estatales, por lo general.

Por lo tanto, puede ser un subsidio para después del paro.

Ayudas de emergencia social

También son ayudas gestionadas por las comunidades autónomas y tienen carácter extraordinario, además de un fin concreto: cubrir las necesidades básicas de personas y familias que no cuentan con recursos suficientes como para afrontar una situación determinada (los suministros básicos, la alimentación, riesgo de desahucio, etc.).

Para acceder a ellas, además del requisito obvio de residir en la comunidad autónoma en el que solicita, se ha de acreditar que no se tienen ingresos suficientes como para afrontar esos gastos básicos. Además, no es compatible con otras ayudas que tengan el mismo objetivo.

Lo habitual es que estas ayudas se tramiten en los centros de Servicios Sociales del lugar de residencia, donde proporcionan toda la información.

Ingreso Mínimo Vital

Es una ayuda que gestiona la Seguridad Social y cuyo principal requisito es estar en situación de vulnerabilidad económica.

¿Qué significa esto para la Seguridad Social?

Se considera la capacidad económica individual del solicitante, así como de su unidad de convivencia, lo que se pone en relación con una tabla de incrementos y límites en el patrimonio que puedes consultar aquí.

El otro gran requisito de esta ayuda es haber solicitado las pensiones y prestaciones a las que se pudiera tener derecho, por lo que también puede ser una ayuda para después del paro.

No se tienen en cuenta los salarios sociales, rentas mínimas de inserción u otras ayudas análogas de las comunidades autónomas.

Beca Segunda Oportunidad en Andalucía

Ya has visto que si eres joven sin discapacidad o cargas familiares, entre otras circunstancias, no tienes muchas opciones para acceder a ayudas después del paro a través de SEPE.

Nos hemos centrado en eso precisamente, en ayudas para después del paro, y es frecuente que los jóvenes hasta los 24 años (o incluso más) aún no cumplan los requisitos como para siquiera cobrar el paro.

Sus ayudas están más enfocadas a la continuación de la formación y a la inserción en el mercado laboral.

La beca Andalucía Segunda Oportunidad de Andalucía es una muestra de ello. Se puso en marcha en el curso escolar 2011/2012 y va dirigida a jóvenes entre 18 y 24 años, a los que se dota de 4.000 euros para que puedan retomar su estudios, obtener una titulación obligatoria (ESO) o postobligatoria y tener más posibilidades en el mercado laboral.

Al margen de esta, hay otras ayudas como el famoso cheque nini. Te hablamos de todas ellas en otro post, así que presta atención a nuestras actualizaciones.

En definitiva, las ayudas después del paro tratan de garantizar que ninguna persona sufra necesidades severas y entre en serio riesgo de exclusión social.

Para que quien verdaderamente lo necesite pueda acceder a ellas, se contemplan muchos perfiles y situaciones que hemos repasado. Pero, por supuesto, debe haber detrás un compromiso de la persona que accede a las ayudas para mejorar su situación lo antes posible.