El preaviso de 15 días es un plazo legalmente establecido al terminar una relación contractual, ya sea algo motivado por la empresa o por el trabajador.
Es decir, tanto si se trata de un despido objetivo como de una baja voluntaria o el fin de contrato que no se renueva (sea cual sea la parte que no quiere hacerlo), hay que tener en cuenta el preaviso de 15 días.
No siempre debe suceder así, pues dependerá del tipo de contrato y su duración.
A continuación te contamos qué es, cuándo es obligatorio y qué consecuencias puede acarrear no tenerlo en cuenta.
? Qué es el preaviso de 15 días
Pero el modelo de carta de preaviso de 15 días no aplica en todos los contratos, sino en aquellos que superen el año. Por ejemplo, en un contrato temporal se indica la finalización, y si está es inferior a un año no se exige el preaviso de 15 días. En caso de que sí superen los 12 meses, es necesaria la carta de preaviso.
Repasemos cómo afecta este plazo a los diferentes tipos de contrato:
Temporales. Será necesario el preaviso si superan el año. Cabe recordar que se pueden renovar de manera automática si, expirada su duración, ninguna de las partes indica la intención de no continuar.
Pero existen diferentes tipos de contratos temporales, como estos:
- De obra y servicio. Rige la misma norma: en caso de superar el año, la empresa o el trabajador deben avisar si la relación laboral no va a continuar.
- Eventuales. Nunca son superiores a 12 meses, luego no están sujetos a los 15 días de preaviso.
- De interinidad. Dependerá de lo acordado entre la empresa y el trabajador.
Formativos. De nuevo, es obligatorio el preaviso cuando el contrato supere el año de duración.
Es posible que te preguntes si los 15 días de preaviso pueden ser de vacaciones. Hay empresas que instan a los trabajadores afectados por un despido objetivo a consumir sus vacaciones en dicho plazo, lo que les permite ahorrar las vacaciones que aún tengan derecho a disfrutar. Directamente, no se abonan en finiquito.
Pero esta práctica carece de validez. La finalidad del periodo de vacaciones y la del preaviso es diferente, pues uno sirve para afrontar la nueva situación profesional y otra para desconectar, descansar y satisfacer las necesidades de ocio.
¿Los 15 de preaviso son naturales o laborales?
Te puedes estar preguntando si el preaviso por baja voluntaria es de 15 hábiles o naturales. Por lo general se entiende que son días naturales, por lo que se cuentan también festivos. Pero el convenio colectivo puede haber fijado otros términos.
Es lo que indica la jurisprudencia, tanto si es el trabajador el que motiva el fin de la relación laboral como si es el empresario.
¿Es obligatorio dar el preaviso de 15 días en bajas voluntarias?
Será obligatorio cuando tu contrato tenga una duración mayor a un año. Recuerda que este periodo no aplica en los contratos eventuales.
Además, el plazo puede ser mayor si tienes un cargo alto. El que rige en este caso es el Real Decreto 1382/85, que indica que el preaviso debe ser de tres meses en los puestos de alta dirección.
En los contratos indefinidos o que se extiendan por más de cinco años puede llegar a los seis meses.
Para la excedencia voluntaria rigen otros plazos, pues la figura es diferente. Si necesitas más información puedes consultar el artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores, aunque no establece un procedimiento concreto para solicitarlo.
Puedes consultar el convenio colectivo, pero tampoco es frecuente que especifiquen cómo debe ser el proceso.
Lo que sí se sabe es que la excedencia se extenderá por un tiempo mínimo de cuatro meses y un máximo de cinco años. Conviene que lo notifiques por escrito, y que en el modelo conste la fecha de inicio, de finalización y de duración.
¿Y si tengo un contrato temporal?
La carta de preaviso de 15 días será obligatoria cuando la duración del contrato sea mayor de un año. En caso contrario, no lo es.
Si expirado el plazo ninguna de las partes se ha pronunciado, el contrato se renovará automáticamente.
Y en un despido, ¿está obligada la empresa a darlos?
Aunque se trate de un despido objetivo que ha acontecido por causas justificadas, el empresario debe avisar con 15 días de antelación, como mínimo (siempre que hablemos de contratos de más de un año).
Si no lo hace, el trabajador puede reclamar.
El procedimiento comienza con la presentación de una papeleta de conciliación en la que se reclame el importe.
De no existir acuerdo, el trabajador podrá interponer una demanda en el juzgado de lo Social en el plazo de un año. Comenzará a contar desde el día de despido o finalización del contrato temporal.
? ¿Qué pasa con el despido disciplinario?
En su caso, la empresa no tiene obligación de respetar el plazo de preaviso.
Puede comunicar directamente el plazo en el que trabajador debe abandonar su puesto en la carta de despido, y puede ser menor a 15 días.
? ¿Y si se trata de un despido improcedente?
En su caso, las causas no estarán justificadas y la empresa reconoce esta naturaleza improcedente, por lo que no cabe el respeto de plazos.
La compañía realizará una extinción disciplinaria, pero como no lo es, será en el plazo de conciliación cuando lo reconozca.
Así se ahorra los días de preaviso, pero bajo ningún concepto la correspondiente indemnización.
? ¿Qué sucede si la empresa no respeta el plazo, estando obligada a hacerlo?
Tendrá que abonarle los días de preaviso en el finiquito.
El empleado tendrá que interponer reclamación, e insistimos en que dicho plazo no se puede conmutar por el de vacaciones.
¿Y si estoy en periodo de prueba?
Es el Real Decreto 488/1998 el que regula los contratos formativos y prácticas, y rige la misma norma general: si se extienden por más de un año, es obligatorio presentar preaviso de 15 días.
¿Qué pasa si no das los 15 días a la empresa?
El empleado también puede motivar la finalización de la relación laboral.
Si decides no renovar el contrato y este se extendía por más de un año, debes emitir el correspondiente preaviso. Si el contrato es eventual o tiene un duración menor, no estará obligado a hacerlo.
Insistimos en la necesidad de consultar el convenio, pues ya te hemos comentado la peculiaridad de los puestos de alta dirección. En su caso, el mínimo es de tres meses, pero puede ser incluso de seis.
“¿Y qué pasa si no doy los 15 de preaviso?”
Te expones a que la empresa te descuente la cantidad correspondiente en el finiquito como penalización.
Por lo general, hablamos de un día de salario por cada día de falta de preaviso, y luego no tendrá sentido que reclames.
Además, debes tener presente la diferencia entre motivar tú mismo la finalización de la relación laboral a que lo haga la empresa.
Si causas baja voluntariamente o eres tú quien no quiere renovar el contrato, no tienes derecho a prestación por desempleo.
Si es la empresa la que no renueva o te despide, si podrás percibir lo que comúnmente se conoce como paro.
Conclusiones
Los 15 días de preaviso representan el plazo legalmente establecido ante el fin de una relación contractual. Deben respetarlo tanto los trabajadores como las empresas, siempre que el contrato se extienda por más de un año.
Los contratos eventuales, por ejemplo, no tienen tal peculiaridad, así que los 15 días de preaviso obligatorio no aplican.
La norma general establece que tal plazo es obligatorio si es el trabajador quien causa baja voluntaria o decide no renovar el contrato (en cuyo caso no tendrá derecho paro); pero también si es el empresario quien decide no renovar u optar por el despido objetivo.
En todo caso, conviene consultar el convenio colectivo del sector, pues puede establecer otros plazos. Este puede ser bastante superior en caso de puestos de alta dirección u otras circunstancias.